Tunja, 29 de diciembre de 2020. UACP. La determinación se toma considerando que existen actividades turísticas que se generan mediante reservas hoteleras para los días 31 de diciembre de 2020, 1, 2 y 3 de enero de enero de 2021, y que tales reservas se efectuaron previamente a la expedición del Decreto 505 del 28 de diciembre de 2020.
Según el Decreto 507, se adiciona un numeral a las excepciones del toque de queda, donde se incluye a “las personas en tránsito, con destino a hospedarse y/o a recibir servicios gastronómicos en el departamento de Boyacá, siempre y cuando demuestren sumariamente la existencia de la correspondiente reserva”, tal como reza el artículo 2 del citado documento.
Esta decisión se enmarca en el objetivo de proteger la salud y salvaguardar la vida, pero también en apoyar la actividad turística como pilar de desarrollo económico y social en Boyacá. (Fin. Secretaría de Turismo de Boyacá. Unidad Administrativa de Comunicaciones y Protocolo).
Gobernación de Boyacá.