Trabajador de la construcción

El día 11 de abril de 2020, se expidió la Circular Conjunta 001 por parte de los Ministerios de Vivienda, Ciudad y Territorio, Salud y Protección Social y Trabajo. La circular establece las condiciones sanitarias y de bioseguridad para la entrada en operación de las obras de construcción que hacen parte de las excepciones establecidas en el Decreto 531 del 8 de abril de 2020, y pueden desarrollar actividades durante la emergencia por COVID 19. Estas corresponden a obras civiles y edificaciones que presenten riesgos de estabilidad técnica, amenaza de colapso o requieran acciones de reforzamiento estructural.

El seguimiento del protocolo y las medidas de prevención y mitigación definidas en la Circular Conjunta 001 corresponde a la secretaría municipal o distrital a la que esté asignada la actividad económica de la construcción, según lo dispuesto por el Decreto 539 del 13 de abril de 2020.

Trabajador de la constrcción

En virtud de lo anterior, y considerando que es posible que el Gobierno Nacional, una vez termine al cuarentena obligatoria el 26 de abril de 2020 a las 11:59 p.m, autorice el inicio de actividades a otras obras de construcción de edificaciones y su cadena de valor, como una medida para dinamizar la economía nacional, CAMACOL, constructoras y empresas de la construcción de la región trabajan arduamente para adaptar las disposiciones contenidas en la Circular Conjunta 001 a los protocolos que deben ser presentados de cada proyecto al Ministerio de Vivienda en cada proyecto, una vez se dé vía libre para reiniciar actividades.

Nuestro gremio apoya plenamente las medidas adoptadas por el gobierno para la prevención y contención del COVID 19 y adopta la autorregulación y la responsabilidad como los principios básicos para que el sector de edificaciones y su cadena de valor pueda estar activos en emergencia, cuidando ante todo la salud de todos sus trabajadores y sus familias.

Por: @CarlosElbuho

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